Reglas de funcionamiento interno

Encargos personales

Existe la posibilidad de que exista algún conflicto de intereses entre los miembros del IDP resultantes de la elaboración de informes o dictámenes que son encargados personalmente a algunos de los miembros del Observatorio pero que tramitan por el  Observatorio. En si mismo, esta práctica es perfectamente legal y beneficiosa para el Instituto y para los miembros que realizan dichos informes, pero se ha de evitar la confusión de que aparezca como trabajo del conjunto del IDP aquello que únicamente es fruto de uno o de unos pocos de sus miembros.

En este sentido, se acuerda que, a partir de ahora, todos los encargos de informes o dictámenes que se tengan que tramitar por el Observatorio de Derecho Público IDP Barcelona tendrán que ser previamente validados por el Director del Observatorio y por las personas que este designe.

La validación del encargo por parte del Director irá dirigida únicamente a comprobar que, por su temática, finalidad o personas intervinientes, el informe o dictamen no supone ninguna incompatibilidad con las finalidades perseguidas por el Observatorio ni genera ningún conflicto de intereses para sus miembros.

Igualmente, en el presupuesto y en el contrato del informe figurará el nombre de los profesores que se encargarán en concreto de la realización del mismo, siempre que no se trate de una petición dirigida al IDP en general.

01/09/2017