Información y presentación de artículos en el Blog Nueva Icaria

Equipo de coordinación del Blog Nueva Icaria

Natalia Caicedo Camacho, profesora agregada de Derecho Constitucional de la Universitat de Barcelona

David Moya Malapeira, director del Observatorio de Derecho Público IDP Barcelona y profesor agregado de Derecho Constitucional de la Universitat de Barcelona

Xavier Padrós Castillón, profesor asociado de Derecho Constitucional de la Universitat de Barcelona

Coordinación y edición: Genís Vives Cantero, investigador junior del Observatorio de Derecho Público IDP Barcelona

Contacto: idp@ub.edu

Información y presentación de artículos al Blog Nueva Icaria

  1. Temática

El Blog Nueva Icaria publica apuntes de análisis de temas de actualidad jurídica en el campo del derecho público escritos por académicos y expertos en esta materia. Se publicarán también recensiones de libros, comentarios de normas y sentencias. En este caso, la entrada del blog debe tratar sobre el objeto del proyecto de investigación, dirigido a contribuir a la difusión de los resultados de la investigación. Al trabajo final de investigación que se presente al final del proyecto se adjuntará un resumen de entre 200 y 500 palabras donde se hará constar el objeto de la investigación realizada y los principales resultados obtenidos; esta información se utilizará, con autorización del investigador principal, para la difusión de la investigación por parte del Observatorio en forma de blog o de entrevista, o de cualquier otro medio de difusión que se acuerde.

  1. Condiciones

El Observatorio de Derecho Público IDP Barcelona no se hace responsable de las opiniones de los autores que colaboran en el blog.

El Observatorio se reserva el derecho de admisión de los apuntes que reciba, excluyendo los trabajos que no reúnan los criterios de rigor científico y respeto institucional. Los textos publicados se pueden reproducir, distribuir y publicar con la condición de que se mencione el autor y la procedencia. En este sentido, los posibles derechos de reproducción para imprimir, publicar, copiar, vender, ejecutar y/o reproducir el contenido y, en general, realizar todas las explotaciones que sea susceptible la obra a la que se refiere este acuerdo, por cualquier de los medios conocidos o para conocer serán a favor del Observatorio de Derecho Público IDP.

El Observatorio se reserva el derecho de no publicar cualquier aportación que no observe estas indicaciones mínimas. Se podrán proponer modificaciones o mejoras en el redactado.

  1. Envío

Podéis enviar los artículos a idp@ub.edu.

  1. Indicaciones de publicación:
  • Título: tiene que ser claro y creativo, que capte la atención del lector, es mejor que no sea muy largo.
  • Estructura: las ideas tienen que estar expuestas de forma clara y concisa. Los párrafos tienen que contener una idea o varias ideas claras y no ser muy largos.
  • Medida: la extensión es libre, pero se recomienda que contenga entre 600 y 2000 palabras, aproximadamente.
  • Imagen: se recomienda que los autores escojan la imagen que acompaña la entrada al blog, así como su difusión en las redes sociales, teniendo presente que hay que cumplir criterios de autoría y/o reutilización. Se recomienda que utilicen bancos de imágenes gratuitos, como por ejemplo los siguientes: https://unsplash.com/, https://pixabay.com/. En caso de no facilitar la imagen, el Observatorio elegirá una imagen relacionada con el contenido del apunte.
  • Etiqueta: habrá que indicar cuál es la materia principal del apunte (por ejemplo, Derecho constitucional o Derecho Internacional Público). También habrá que incluir entre 3 y 5 palabras clave.
  • Referencias: hay que añadir los enlaces en Internet necesarios que amplíen la información, que complementen el contenido y permitan una navegación fácil.
  • Lenguas: como norma general, los apuntes se publican tanto en catalán, como en castellano. Por lo tanto, se pide que, en lo posible, se envíen formatos en las dos lenguas. En caso de que no sea así, el Observatorio hará la traducción, así como la revisión lingüística.
  • Citación bibliográfica: las citaciones bibliográficas se tienen que hacer de acuerdo con los criterios Harvard. Podéis utilizar el siguiente generador de citas: https://app.bibguru.com/. Para más información: https://biblioteca.ucm.es/cps/recursos-para-tfg-tfm-citas-y-referencias-bibliograficas. Para la citación de textos legales y jurisprudenciales, ver http://diposit.ub.edu/dspace/handle/2445/33344.
  1. Criterios de difusión

Para facilitar la tarea de difusión a través de las redes sociales, junto con el cuerpo del artículo, los autores tendrán que facilitar:

  • Breve referencia biográfica: por ejemplo, “catedrática de Derecho Administrativo en la Universitat de Barcelona” o “profesor asociado de Derecho Constitucional en la Universidad de Salamanca”.
  • Usuarios de Twitter y Linkedin.
  • Selección de dos frases destacadas del texto entre 20 y 30 palabras (unos 200 caracteres máximos con espacios incluidos), para poder elaborar material de difusión.
  • Si procede por la temática, instituciones, entidades y personas relacionadas con el autor o la temática que pueden ser mencionadas para ampliar la difusión.

Los autores podrán reproducir los artículos publicados en otros formatos y publicaciones, siempre citando el Blog Nueva Icaria como lugar inicial de publicación.