¿Cuantos inmigrantes votarán en las elecciones de 2011?, por Eliseo Aja

En las próximas elecciones locales, que serán en mayo del 2011, los inmigrantes con cinco años de residencia en España podrán votar. No se trata de una expresión de buenas intenciones, como hasta ahora, sino de una realidad que ha comenzado a concretarse por la Orden EAH/2264/2010, de 20 de julio, por la que se dictan normas e instrucciones técnicas para la formación del censo electoral de residentes en España que sean nacionales de países con Acuerdos para las elecciones municipales (BOE 27 de agosto de 2010).

La participación de los extranjeros en las elecciones del país donde residen desde hace años está considerada una medida fundamental de integración de la inmigración, y fue impulsada por el Consejo de Europa por un Convenio de 1992. En la Unión Europea fue introducida para los ciudadanos comunitarios por el Tratado de Maastricht, pero no alcanza a los residentes que provienen de países no comunitarios.

El voto de los extranjeros presenta en Europa un panorama desigual, porque lo niegan algunos Estados tan importantes como Alemania, Francia e Italia y lo reconocen, en cambio, tras una residencia de 3 o 5 años, Suecia, Dinamarca, Países Bajos, Bélgica… También lo admiten, bajo condición de reciprocidad, el Reino Unido y Portugal.

En España el art. 13.2 de la Constitución permite el sufragio de los extranjeros en las elecciones locales siempre que sus Estados de origen lo reconozcan a los españoles que residan allí. Esta forma de reciprocidad se explica por la voluntad de los Constituyentes de 1978 de mejorar la posición de los españoles emigrantes en Europa, pero plantea varios problemas: el primero es que el país de origen de los inmigrantes realice elecciones locales democráticas (obviamente muchos residentes en España quedan excluidos, sin ninguna culpa personal) y la segunda es que aún así el Estado de origen permita participar a los españoles (hay muchos países que prohíben el voto a los extranjeros) y desee realizar el convenio.

Estas dificultades habían conducido hasta el presente a que los inmigrantes en España no votaran, pese al gran crecimiento de la inmigración de los últimos años, pero la situación resultaba cada vez más antidemocrática y más disfuncional. Una proposición no de ley aprobada en el Congreso el 21 de febrero de 2006 por todos los Grupos parlamentarios de Congreso de los Diputados impulsó al Gobierno a firmar los convenios necesarios para la concesión del sufragio a los residentes. Así se ha hecho y la Orden citada al inicio establece los países cuyos ciudadanos podrán participar en las próximas elecciones, que de momento son los siguientes (acompañados del número de residentes en España y de aquellos que tienen una residencia superior a los 5 años, condición necesaria para el voto:

PAÍS      NUM.RESIDENTES  NUM.MAX.ELECTORES
Ecuador        440.000                      150.000
Colombia       287.200                        79.500
Perú              144.600                        43.600
Chile                30.000                          8.300
Paraguay        29.000                          4.000

Solo los ciudadanos originarios de estos países (más los de Noruega y Nueva Zelanda, que resultan testimoniales) podrán votar. La exigencia de reciprocidad excluye a los marroquíes, chinos, paquistaníes… y de hecho a la mayoría, porque los emigrantes no comunitarios son casi 3 millones de personas. Además, la exigencia de inscripción en el Censo electoral a instancia de parte, reducirá mucho el número de electores.

El reconocimiento del voto por primera vez en las elecciones locales de 2011 a una parte de los inmigrantes es una gran noticia, porque mejora nuestra democracia y porque no hay integración sin voto, pero los límites que introdujo la Constitución hace 30 años deberían reformarse, porque si no el sufragio de los inmigrantes será un espejismo.

 
PARA PROFUNDIZAR
– La ampliación del comentario en Eliseo AJA y David MOYA, “El derecho de sufragio de los extranjeros residentes”, en E. AJA, J. ARANGO y J. OLIVER, eds. La inmigración en la encrucijada, Anuario de la inmigración en España, 2008, Barcelona, Cidob, pp. 65-81
– D. MOYA y A.VIÑAS, Sufragio y participación política de los extranjeros extracomunitarios en Europa, Barcelona, 2010, F. Pi i Sunyer. Incluye estudios jurídicos y electorales sobre la mayoría de Estados europeos.

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